viernes, 14 de enero de 2011

LEY ANTITABACO

http://www.boe.es/boe/dias/2010/12/31/pdfs/BOE-A-2010-20138.pdf

El 2 de enero de 2011 se aplicó la nueva normativa de la ley antitabaco, creada en 2005. Esta nueva normativa amplia los lugares en los que se prohíbe fumar, como por ejemplo:

  • Espacios de uso público: lugares accesibles al público en general o lugares de uso colectivo, con independencia de su titularidad pública o privada. En cualquier caso, se consideran espacios de uso público los vehículos de transporte público o colectivo.

  • en el ámbito de la hostelería, se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

  • Centros de trabajo públicos y privados, salvo en los espacios al aire libre.

  • Centros y dependencias de las Administraciones públicas y entidades de Derecho público.

  • Centros, servicios o establecimientos sanitarios, así como en los espacios al aire libre o cubiertos, comprendidos en sus recintos.

  • Centros docentes y formativos, salvo en los espacios al aire libre de los centros universitarios y de los exclusivamente dedicados a la formación de adultos, siempre que no sean accesos inmediatos a los edificios o aceras circundantes.

  • Instalaciones deportivas y lugares donde se desarrollen espectáculos públicos, siempre que no sean al aire libre.

  • Zonas destinadas a la atención directa al público.

  • Centros comerciales, incluyendo grandes superficies y galerías, salvo en los espacios al aire libre.

  • Centros de atención social.

  • Centros de ocio o esparcimiento, salvo en los espacios al aire libre.

  • Centros culturales, salas de lectura, exposición, biblioteca, conferencias y museos.

  • Salas de fiesta, establecimientos de juego o de uso público en general, salvo en los espacios al aire libre.

  • Áreas o establecimientos donde se elaboren, transformen, preparen, degusten o vendan alimentos.

  • Ascensores y elevadores.

  • Cabinas telefónicas, recintos de los cajeros automáticos y otros espacios cerrados de uso público de reducido tamaño. Se entiende por espacio de uso público de reducido tamaño aquel que no ocupe una extensión superior a cinco metros cuadrados.

  • Estaciones de autobuses, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, vehículos o medios de transporte colectivo urbano e interurbano, vehículos de transporte de empresa, taxis, ambulancias, funiculares y teleféricos.

  • Todos los espacios del transporte suburbano (vagones, andenes, pasillos, escaleras, estaciones, etc.), salvo en los espacios que se encuentren por completo al aire libre.

  • Estaciones, puertos y medios de transporte ferroviario y marítimo, salvo en los espacios al aire libre.

  • Aeropuertos, salvo en los espacios que se encuentren al aire libre, aeronaves con origen y destino en territorio nacional y en todos los vuelos de compañías aéreas españolas, incluidos aquellos compartidos con vuelos de compañías extranjeras.

  • Estaciones de servicio y similares.

  • Cualquier otro lugar en el que, por mandato de esta Ley o de otra norma o por decisión de su titular, se prohíba fumar.

  • Hoteles, hostales y establecimientos análogos, salvo en los espacios al aire libre. No obstante, podrán habilitarse habitaciones fijas para fumadores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 8.

  • Bares, restaurantes y demás establecimientos de restauración cerrados.

  • Salas de teatro, cine y otros espectáculos públicos que se realizan en espacios cerrados.

  • Recintos de los parques infantiles y áreas o zonas de juego para la infancia, entendiendo por tales los espacios al aire libre acotados que contengan equipamiento o acondicionamientos destinados específicamente para el juego y esparcimiento de menores.

  • En todos los demás espacios cerrados de uso público o colectivo.

El consumo de productos del tabaco deberá hacerse exclusivamente en aquellos lugares o espacios en los que no esté prohibido, como por ejemplo:

  • Estar en áreas separadas del resto de habitaciones y con ventilación independiente o con otros dispositivos para la eliminación de humos.

  • Estar señalizadas con carteles permanentes.

  • Que el cliente sea informado previamente del tipo de habitación que se pone a su disposición.

  • Que los trabajadores no puedan acceder a las mismas mientras se encuentra algún cliente en su interior, salvo casos de emergencia.

Creo que esta nueva normativa afectará al número de fumadores disminuyéndolos, ya que aparte de la crisis y de los precios del tabaco, ahora no podrán tomar el café mientras, por ejemplo se toman su comida. Esta ley también tiene un lado positivo, ya que también disminuirán los fumadores pasivos.

También afectará a las cafeterías y a los restaurantes, ya que los clientes no podrán tomarse su cigarrillo mientras comen, pero creo que no es tan exagerado como lo ponen en las noticias. Con un par de estufas en las terrazas para cuando haga frío es suficiente para tomarse un café y un cigarro a gusto.

Esta nueva normativa ha tenido varias consecuencias y reacciones como: La nueva ley antitabaco dispara la venta de cigarrillos electrónicos en las farmacias (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/01/14/paisvasco/1295019402.html) y La Plaza Mayor 'echa humo' (http://www.elmundo.es/elmundo/2011/01/14/castillayleon/1295014258.html)

Fumar en un bar será una sanción leve que se multará con 30€, pero si se repite varias veces puede llegar a multarse con 600€. Pero no se multará solo al fumador sino también al establecimiento en donde se realiza la acción.

Estoy de acuerdo con la ley, pero pienso que en los locales habilitados para fumadores no debería prohibirse fumar, ya que los propietarios han invertido su dinero en ello, o deberían de ser indemnizados.

Países de la Unión Europea:

ESPAÑA: El año 2006 trajo consigo la ley más dura contra el tabaco. Entre otras medidas, no se podrá fumar en los lugares de trabajo, además de en los restaurantes, bares y cafeterías de más de 100 metros cuadrados que no tengan una zona establecida para tal efecto. A pesar de las 50.000 personas que fallecen cada año a causa del tabaco, hasta este momento España ha sido uno de los países más permisivos de la Unión Europea. Con la entrada en vigor de la nueva legislación nuestro país ha dejado de ser de los peores de la UE en control del tabaquismo. La normativa también establece una edad mínima de 18 años para comprar y limita la publicidad de esta sustancia.

ALEMANIA: En septiembre de 2007 quedó prohibido el consumo de cigarrillos en los transportes públicos y en los recintos de carácter oficial. Además, se eleva la edad mínima en que los jóvenes estarán autorizados a comprar tabaco, de 16 a 18 años. Desde el uno de enero de 2008, ocho de los 16 "länder" vetaron este hábito en los bares y restaurantes. Hace algún tiempo, la ministra de Protección del Consumidor y Agricultura, pidió a los países de la UE que se sumasen a su iniciativa de prohibir los aditivos potencialmente cancerígenos. Hasta ahora, Alemania había sido una de las naciones europeas con menor legislación antitabaco.

AUSTRIA: Algunos expertos consideran que es uno de los países europeos que menos protege a los ciudadanos de los efectos nocivos del tabaco. En 2004 la ministra de salud, Maria Rauch-Kallat, anunció una serie de medidas para limitar el uso de cigarrillos en los lugares públicos. La propuesta provocó una revuelta en la que se acusó a la ministra de estar yendo en contra de los derechos de las personas.

A pesar de las protestas y de la escasa acción, un artículo publicado en 'Tobacco Control' señala que siete de cada 10 fumadores austriacos quieren dejarlo y que la mayoría de los ciudadanos desearía que los cigarrillos estuviesen censurados en los restaurantes. En cuanto al tabaquismo pasivo, más de dos tercios de los austriacos se sienten 'acosados' por el humo, algo que también les ocurre a una cuarta parte de los fumadores.

BÉLGICA: Desde el 30 de septiembre de 2003 es obligatorio incluir mensajes sobre los riesgos de los cigarrillos en los paquetes belgas. Deben cubrir un 55% de la parte delantera y trasera, un requisito que los convierte en los más grandes del mundo. Desde enero de 2007, está prohibido el consumo de tabaco en los restaurantes belgas. Estos últimos podrán tener salas para fumadores pero no servir comida en ellas. Además, este país ha sido el primero de la Unión Europea en incluir imágenes sobre los daños del tabaco en las cajetillas.

DINAMARCA: A partir del 15 de agosto de 2007, Dinamarca se ha sumado al creciente número de países europeos que han impuesto una prohibición general para que no se fume en lugares de trabajo, restaurantes, 'pubs' y otros lugares públicos.

ESLOVENIA: En junio de 2007, el parlamento esloveno aprobó una normativa por la que se prohíbe fumar en espacios públicos cerrados (hoteles, restaurantes...) y lugares de trabajo, salvo en las zonas habilitadas para ello. Así mismo, la edad mínima para poder comprar tabaco pasa de los 15 a los 18 años. Estas medidas entraron en vigor el 5 de agosto de 2007.

ESTONIA: Las medidas para controlar el consumo de tabaco ya existentes en Estonia (está prohibido en algunos lugares públicos, transporte, institutos...) se reforzaron el cinco de junio de 2007. Desde ese día, no se puede fumar en los restaurantes, 'coffee shops', clubes nocturnos...

FINLANDIA: En la década de los 70, y a partir de la implantación del 'Acta del Tabaco', Finlandia prohibió el consumo de tabaco en los lugares públicos así como la publicidad de esta sustancia. Hoy en día, los finlandeses son de los que menos fuman de la Unión Europea y se ha observado una reducción de las enfermedades ligadas al tabaco, entre ellas el cáncer de pulmón. Desde junio de 2007, tampoco se puede fumar en los bares y restaurantes, salvo en salas establecidas a tal efecto y en las que no se servirá ni comida ni bebida.

FRANCIA: Se suele emplear como ejemplo de subida del precio del tabaco ya que en octubre de 2003 éste aumentó cerca de un 20%, disminuyendo las ventas un 13,5%, según señala un documento de la 'European Network for Smoking Prevention' (ENSP). En agosto de 2007, el precio de los cigarrillos volvió a aumentar; en esta ocasión, un 6%. Desde el uno de febrero de 2007 está censurado fumar en los lugares públicos (oficinas, escuelas, transporte colectivo...). La norma se aplica en la hostelería a partir de enero de 2008.

GRECIA: Es el segundo país de Europa que más tabaco produce y el que cuenta con una mayor tasa de tabaquismo en la Unión Europea (un 45%). Las autoridades planean una ley para prohibir la venta de tabaco a menores con el objetivo de disminuir el consumo en esta población.

HOLANDA: Holanda ha empezado a aplicar su ley 'antihumo' al sector de la hostelería, al que también pertenecen los llamados 'coffeeshops', donde curiosamente, se podrá seguir fumando marihuana, siempre y cuando no se mezcle con tabaco.

IRLANDA: Fue el primer país europeo en prohibir totalmente el consumo de tabaco en los espacios públicos. Lo hizo el 29 marzo de 2004 y desde esa fecha los irlandeses tampoco pueden fumar en ningún lugar de trabajo.

Esta droga no está permitida en 'pubs', restaurantes, oficinas estatales y organismos públicos, centros educativos, supermercados, medios de transporte público y sus estaciones, centros médicos, cines, teatros y museos públicos, peluquerías, polideportivos cubiertos.

Además, los bares y restaurantes no tienen zonas de fumadores y algunos tienen un espacio para ellos en el exterior del local. Sólo están exentos de prohibición las prisiones y centros de detención policial, hospitales psiquiátricos y hospicios, zonas residenciales con instituciones educativas universitarias y conventos de órdenes religiosas, además de las habitaciones de hoteles y pensiones.

ITALIA: A partir del 10 de enero de 2005 los italianos ya no pueden encenderse un cigarrillo en locales públicos, restaurantes, bares, oficinas, discotecas y 'pubs' que no tengan zonas destinadas para tal efecto. Los dueños de los locales pueden ser sancionados con multas de hasta 2.200 euros si no avisan a la policía cuando un cliente fume en las instalaciones. El objetivo principal del gobierno italiano pasa por prohibir este hábito en todos los lugares menos en las casas. Un año después de la entrada en vigor de la normativa, el ministerio de Sanidad italiano afirmaba que unas 500.000 personas habían abandonado el tabaco y su venta se había reducido un 5,7%.

LITUANIA: Desde el uno de enero de 2007, está prohibido fumar en bares, restaurantes y clubes de Lituania. Los únicos establecimientos en los que se puede encender un pitillo son los clubes de fumadores de puro y pipa. Si no se cumple la normativa, los propietarios de los locales podrían recibir multas equivalentes a entre 147 y 1.470 euros.

MALTA: Igual que Italia o Irlanda, Malta ha decidido prohibir el consumo de cigarrillos en los lugares públicos ('pubs', restaurantes y lugares de trabajo).

PAÍSES BAJOS: Desde enero de 2004 los cigarrillos no están permitidos en los trenes ni en las estaciones, los cuartos de baño, las oficinas y otros lugares públicos. tienen avisos de gran tamaño sobre los efectos adversos del consumo de tabaco.

POLONIA: En 1998 el parlamento polaco estableció que los avisos sobre los riesgos para la salud debían ocupar un 30% de las caras de los paquetes. En aquel momento ésta eran los mensajes más grandes de las cajetillas de todo el mundo y, tres años después, marcó el tamaño establecido por la Unión Europea. Por otro lado, el Parlamento ha propuesto un nueva ley de limitación del consumo de tabaco que incluye la prohibición de fumar en las paradas de los autobuses y tranvías y en los automóviles privados, si el conductor fumador va acompañado de pasajeros.

PORTUGAL: Las excepciones marcan la ley del tabaco recientemente estrenada en Portugal. Desde el uno de enero no se puede fumar en los locales de menos de 100 metros cuadrados pero sí en los de mayor tamaño, donde se podrán disponer zonas de fumadores. Esta normativa, similar a la española, se suma a las de Alemania y Francia que también han entrado en vigor en 2008.

REINO UNIDO: Desde el uno de julio de 2007, en Inglaterra queda prohibido fumar en casi todos los sitios cerrados (oficinas, fábricas, cafés, restaurantes, 'pubs'...) y algunos de los semicerrados (pérgolas, por ejemplo).

Escocia fue la primera nación de Reino Unido en seguir los pasos de Irlanda. La normativa, que prohíbe el consumo en bares, 'pubs', restaurantes y la mayoría de los lugares de trabajo, está en vigor desde finales de marzo de 2006 y sólo hace excepciones en algunos espacios por motivos 'humanitarios' (prisiones, hospicios...).

Desde principios de abril de 2007, Gales también cuenta con una normativa antitabaco que afecta a bares, restaurantes, oficinas y el transporte público. Y algo similar ocurre en Irlanda del Norte desde el 30 de abril de ese mismo año.

SUECIA: Fue la primera en introducir mensajes en los paquetes de tabaco. El 1 de junio de 2005 se convirtió en el cuarto país de la UE en prohibir los cigarrillos en los lugares públicos (bares, restaurantes y lugares de trabajo); una normativa que ha impulsado las ventas de 'snus', un tipo de tabaco no fumado que utiliza el 10% de la población sueca.



martes, 11 de enero de 2011

6 noticias comentadas de Alicante

Instalan cámaras 'espía' en nidos para descubrir a los depredadores de huevos

http://www.laverdad.es/alicante/20110111/local/alicante/camaras-espia-nidos-para-201101111444.html

Es de agradecer a la UA se interese de camachuelo trompetero, que aunque sea una especie de reciente asentamiento en la península es inofensiva para el resto de la flora y fauna autóctona, por lo tanto se le puede considerar nuestra y su cuidado es importante para conservar su especie en España.


El acusado de intentar matar a su ex pareja con el coche dice que fue un accidente
http://www.laverdad.es/alicante/20110111/local/alicante/intentar-matar-pareja-coche-201101111459.html

No me parece razonable que se le reduzca la condena a un hombre que ha intentado matar a su ex pareja, ya que aunque solo lo haya intentado, podría haberla matado. ¿Quién dice que si lo ha intentado una vez no lo vuelva ha hacer? Hoy en día hay muchos casos como estos y no para de aumentar la violencia de genero. Lo único que han conseguido al reducirle la condena a esta persona es que ella viva con miedo a que se repita y consiga su objetivo.


Suspenden las clases en el conservatorio al no realizarse las obras
http://www.laverdad.es/alicante/v/20110111/alicante/suspenden-clases-conservatorio-realizarse-20110111.html

No me parece bien que no tengan instalaciones dignas los alumnos del conservatorio ya que esto perjudica a sus clases y a su salud. Deberían de terminar las obras debidamente o hacer el centro que les han prometido desde 2004.


EU pide aplazar el traslado del colegio Benalúa hasta quitar la gasolinera
http://www.laverdad.es/alicante/20110111/local/alicante/pide-aplazar-colegio-benalua-201101111634.html

No me parece bien que los alumnos del colegio Benalúa lleven 10 años en barracones y sin disponer de un centro escolar, pero también pienso que la posposición del traslado es correcta por el peligro que pueden llegar a sufrir los alumnos si se produjera alguna anomalía en la gasolinera.

Mercalicante promoverá la dieta mediterránea entre cerca de 2.000 escolares
http://www.laverdad.es/alicante/20110111/local/alicante/mercalicante-promovera-dieta-mediterranea-201101111236.html

Es genial que se les enseñe a los niños a comer bien. Vivimos en la época de la comida basura y de la comida rápida, y que los niños aprendan a valorar más una alimentación más equilibrada les ayudará para convertirse en chicos y chicas fuertes y sanos.

El Ayuntamiento retira por segunda vez de una ordenanza la sanción a los mendigos

Creo que hacen lo correcto al retirar la ordenanza de sanción. Los mendigos no tienen nada, únicamente lo poco que han conseguido a través de la limosna, y si se lo quitan por medio de sanciones puede que no les llegue para sobrevivir en un mundo en el que solo el dinero cubre las necesidades. Y solo se les podría quitar sancionar si existieran medidas para ayudar a estas personas.